Sanidad Aérea Internacional

MISION

Que el control sanitario y epidemiológico y la atención en salud de los usuarios del aeropuerto internacional Jorge Chávez se dé con calidad, oportunidad y eficiencia por ser una institución de servicios de salud.

VISION

Ser una entidad descentralizada que satisfaga las necesidades de los usuarios del aeropuerto internacional Jorge Chávez, brindando un servicio con calidad y eficiencia adaptándonos a los cambios y exigencias de la población aeroportuaria.

FUNCIONES GENERALES

  • Realizar la vigilancia epidemiológica de las enfermedades transmisibles.
  • La Vigilancia y Control del Saneamiento Ambiental, así como la supervisión de la elaboración de los alimentos de acuerdo a las Normas Nacionales e Internacionales vigentes.
  • La Promoción, prevención y recuperación de la salud de las personas que hacen uso de sus instalaciones.
  • Atención médica a la demanda.
  • Atención de urgencias y emergencias médicas.
  • Intervención en desastres aéreos.
  • Certificación de vacuna anti amarílica.
  • Control sanitario de traslado de cadáveres
  • Notificación inmediata y oportuna de enfermedades sujetas a vigilancia epidemiológica.
  • Intervención preventiva ante situaciones de contingencia sanitaria
  • Vigilancia y control de la calidad de los alimentos para viajeros.
  • Control sanitario de cloro residual en agua de consumo humano.
  • Supervisar otras actividades de salud ambiental (fumigaciones, control de vectores, etc.).
  • Mantener la oferta de medicamentos según la demanda.
  • Participar activamente en las reuniones extra-sectoriales.

AUTORIZACIÓN PARA EL INGRESO DE MERCANCÍAS RESTRINGIDAS QUE INGRESAN AL PAÍS CON EQUIPAJE ACOMPAÑADO DE LOS MIEMBROS DE UNA MISION PROFESIONAL HUMANITARIA Y EQUIPOS QUE ESTAS MISIONES TRAEN CONSIGO

  1. Solicitud dirigida al Director General de la Dirección Regional de Salud del Callao, para la Autorización del ingreso de la mercadería donada.
  2. Copia de la comunicación de las misiones diplomáticas en el exterior dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores, informando sobre las actividades que la Misión Profesional Humanitaria llevará acabo en nuestro país, consignando los nombres y apellidos completos de todos los miembros de la misión, número de pasaportes y profesiones u ocupaciones de cada uno de los miembros que conforman la Misión, así como información sobre la aerolínea, vuelo o del medio de transporte en que arribarán y hora de llegada.
  3. Constancia de registro vigente del donatario en APCI; según corresponde.
  4. Listado detallado de la mercancía restringida
  5. Copia simple de la Carta o Certificado de donación ò ingreso temporal de la mercancia restringida.
  6. Pago por derecho de Trámite sanitario

AUTORIZACIÓN SANITARIA PARA TRASLADO DE CADÁVER

  1. Solicitud dirigida al Director General de la Dirección Regional de Salud del Callao, para que otorgue la Autorización Sanitaria para Traslado de Cadáver, con carácter de Declaración Jurada, del familiar ascendiente, descendiente o cónyuge y parientes consanguíneos del segundo y tercer (2º al 3º) grado o representante legal del consulado del país de destino.
  2. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Carné de identidad de extranjería del solicitante, según corresponda.
  3. Pago por derecho de Trámite.

EN CASO DE MUERTE NATURAL:

  1. Copia del Certificado de defunción.

EN CASO DE MUERTE SUBITA O VIOLENTA:

  1. Copia del Certificado de Necropsia de ley expedido por el Médico Legista o Médico del establecimiento de salud público autorizado.

EN CASO DE CADAVER PROCEDENTE DEL EXTRANJERO:

  1. Copia del Certificado de Defunción y Certificado de Embalsamamiento visado por el Consulado Peruano.

EN CASO DE CADAVERES ENTERRADOS CON POSTERIORIDAD A LAS 48 HORAS DE SU DECESO O MUERTE POR ENFERMEDAD INFECTO - CONTAGIOSA:

  1. Copia del Certificado de Embalsamamiento o Formolización.

AUTORIZACIÓN SANITARIA PARA TRASLADO DE RESTOS HUMANOS

  1. Solicitud dirigida al Director General de la Dirección Regional de Salud del Callao, con carácter de Declaración Jurada, del familiar ascendiente, descendiente o cónyuge y parientes consanguíneos del segundo y tercer (2º al 3º) grado o representante legal del consulado del país de destino.
  2. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Carné de identidad de extranjería del solicitante, según corresponda.
  3. Copia del Certificado de Necropsia de ley expedido por el Médico Legista o Médico del establecimiento de salud público autorizado.
  4. Copia del Certificado de Defunción y Certificado de Embalsamamiento visado por el Consulado Peruano.
  5. Copia del Certificado de Embalsamamiento o Formolización.
  6. Pago por derecho de tramite.
  7. Copia Certificado de Autorización de Exhumación.
Descripcion Archivo
Reglamento Sanitario Internacional - 2005

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